martes, 21 de abril de 2009

Sobre derechos de autor

Para el debate del tema derechos de autor en la clase, Camila y yo investigamos sobre la visión de las fotocopiadoras sobre este asunto.

Conclusión Fotocopiadoras
Nosotras como fotocopiadoras que se encuentran en institucions educativas entendemos la necesidad de respetar con los derechos de autor. Respetamos la ley porque pagamos una tarifa anual por cada máquina que tenemos que representa este derecho. Sin embargo, consideramos que las entidades reguladoras validadas por el gobierno deben buscar la manera de que los otros negocios de fotocopiadoras también se acojan a la ley del pago de los derechos de autor, porque nosotros como negocio el pago de ésta tarifa nos pone en desvantaja de precios con nuestros competidores.

Conclusiones del debate general
Los docentes están de acuerdo en el uso de las fotocopiadoras, pero enfatizando que se debe hacer un bueno uso de ellas porque se trata de un apoyo para los estudiantes, pero es importante que no haya plagio y siempre citen bien a las fuentes.

Desde la parte legal es necesario que se sigan divulgando campañas informativas sobre los derechos de autor, para así tratar de generar conciencia a través de debates y etc.

Como era de esperarse, los estudiantes están de acuerdo con las fotocopias pero dicen que las bibliotecas se deben nutrir de más copis por libro. Por otro lado, piensan que es importante que los profesores no intervengan en la decisión sobre sacar fotocopias de un libro, que deben incentivar la compra de los libros.

Conclusiones personales
El asunto de los derechos de autor no sólo se trata de crear una conciencia en todas las personas que fotocopian o descargan libros de manera ilegal, también es muy importante generar una cultura sobre las diversas posibilidades que existen sobre el manejo de los derechos de autor, los mismos creadores deben reconocer sus características y las ventajas que pueden tener a nivel de compartir, experimentar y comunidad. Con este conocimiento los autores pensarán de manera sensata antes de tomar su decisión y no sólo poner de manera mecánica todos sus contenidos bajo la licencia de "todos los derechos reservados".

domingo, 19 de abril de 2009

Cultura libre y piratería

Las leyes sobre derechos de autor existentes han perdido aplicabilidad y cobertura frente a todas las posibilidades de distribución, creación y modificación de contenidos que permite Internet. En Piratería, la primera parte del texto “Por una cultura libre” de Lawrence Lessig menciona algunos casos históricos donde se le ha llamado piratería a nuevas tecnologías y cómo se han sido las reacciones legales y sociales al respecto.


Creadores

Para hablar de la manera de ser creativo a partir de contenidos existentes, Lessig utiliza el quehacer de Disney en sus primeras décadas. Un caso en específico es cuando a partir de los cuentos de los Hermanos Grimm, creó un contenido nuevo y excepcional, añadiéndole su propia perspectiva.


Meros copistas

Lessig ejemplifica cómo en muchos casos la importancia de un evento ha sido su repercusión social y no sus ganancias económicas, pues gracias a las creaciones de unos, muchísimos otros han logrado acercarse a nuevas tecnologías o a partir de éstas aprender y crear otros contenidos. El ejemplo a resaltar son los productos que sus autores deciden ponerlos bajo código libre para así cualquiera pueda verlo, modificarlo y mejorarlo.

También habla del alfabetismo mediático y la importancia de instruir a las personas sobre los nuevos medios no sólo viéndolos e interactuando con ellos, sino también haciéndolos. De esta manera se acercan a las nuevas herramientas construyendo al lenguaje con el que se comunican.


Catálogos

Explica el caso de Jesse Jordan, un estudiante que creó un buscador al interior de su universidad y el uso que le dieron los estudiantes en una tercera parte fue para compartir archivos de música. Luego, la entidad reguladora de derechos de autor musicales de Estados Unidos, Recording Industry Association of America (RIAA) demanda por millones de dólares a Jesse por pirata y a otros tres casos similares. A raíz de este caso Lessig cuestiona este tipo de demandas:


“La industria musical insistía en que era una cuestión legal y moral. Dejemos las leyes a un lado y centrémonos en la moral. ¿Dónde está la moral en una demanda así? ¿Cuál es la virtud de escoger chivos expiatorios? La RIAA es un lobby extraordinariamente poderoso (…) Hay muchas formas en las que la RIAA puede afectar y dirigirla política. ¿Así que dónde está la moral en tomar dinero de un estudiante por hacer funcionar un buscador?”


Piratas

En este subcapítulo el autor describe casos donde se presentaron situaciones en las que se persiguió y prohibió la piratería, los cuales resultaron siendo grandes empresas o inventos. Por ejemplo con en los inicios del cine aparecen las patentes de Edison y la persecución de las empresas independientes que no las pagaron, entre las cuales se encuentra la actual compañía Fox. En el caso de la música, la discusión entre los fonógrafos y las industrias comerciales, y como resultado la mayor distribución entre el público de las obras musicales.

Gracias a estos ejemplos de persecución de las nuevas tecnologías Lessig expone que si piratería realmente se entendiera como utilizar algo perteneciente a la propiedad del otra personas sin su permiso, muchas de las empresas que actualmente dicen verse afectadas por la violación de los derechos de copyright no hubiera sido posible su existencia en un principio.


Piratería

No cabe duda que para Lessig la piratería comercial, es decir el uso comercial no autorizado de los contenidos de otras personas, es algo totalmente inaceptable, debido a que:


“La piratería comercial (…) está fuera de control y sencillamente es algo malo. No transforma el contenido que roba; no transforma el mercado en el que compite.”


Sin embargo, expone que debe aclararse el concepto de piratería porque se puede entender de distintas maneras y esta ambigüedad puede afectar la creación, la evolución de la tecnología y de nuevos contenidos. Existen cuatro tipos de piratería:


1) Cuando el uso de las redes y de los servicios p2p suprime la compra de contenidos.

2) Cuando se utiliza a manera de prueba de degustación, comprobar que sí le interesa antes de decidirse por la compra de un producto.

3) Cuando se logra acceder a contenidos que ya se comercializan, como realizaciones viejas que ya no tienen copyright vigente.

4) Cuando se accede a productos que por decisión de los autores no tienen licencias de copyright.


La cantidad de matices y contrastes que tienen estas cuatro formas de usos permite al autor de plantear que debería existir un equilibrio en la ley, pues no se trata de censurar por completo lo entendido por piratería sino encontrar un punto donde tanto los artistas reciban contribución a sus creaciones pero los otros también puedan acceder a estos contenidos. En todos los casos históricos se ha tratado de un proceso que requiere tiempo, pues la ley se debe acomodar a la tecnología pero cuidando los intereses de las partes implicadas.